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Años (1)
2004
19
Tipo documental (1)
DICTAMENES
19
División De Desarrollo Institucional g e r e n c i a PAGE 3 Lic. José E. Calderón Solano 13 de mayo, 2004 U.N.E.D. Oficio Nº 5023 Al contestar refiérase al oficio Nº 5023 13 de mayo, 2004 DDI-30 Licenciado José E. Calderón Solano Auditor Interno UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA Estimado señor: Asunto: Asignación de vehículo al Auditor Interno de la Universidad Estatal a Distancia Me refiero a su memorial Nº AI-166-2003, el cual contiene observaciones al acuerdo tomado por el Consejo Universitario en relación con el oficio Nº 14291 del 19 de noviembre del 2002 de esta Gerencia, mediante el que se instó a dicho Consejo a informarle las razones por las cuales no le fue aprobada la partida ‘equipo de transporte’ para el año 2003 y a evaluar alternativas de solución para resolver la problemática en materia de transporte manifestada por esa Auditoría Interna. De la lectura del Oficio Nº AI-166 mencionado, se aprecia disconformidad en relación con los argumentos señalados por la administración de ese centro académico para no aprobar la partida en referencia, solicitada por esa Auditoría Interna con el propósito de dotarla de un vehículo de uso discrecional. Sobre el particular y no obstante que el citado oficio no plantea ningún requerimiento para esta Contraloría General, se procede seguidamente a emitir criterio al respecto, con fundamento en sus competencias fiscalizadoras y la conversación telefónica sostenida entre su persona y la Licda. Carlota Palencia Bolaños, funcionaria de esta División. Analizados los argumentos de la administración y de esa Auditoría Interna, se puede apreciar que la administración procedió a dar respuesta al Auditor Interno respecto de sus requerimientos en materia de vehículos y que ha tomado acuerdos tendentes a poner a disposición de la unidad de Auditoría Interna un vehículo oficial, según se comprueba en lo que seguidamente se transcribe de la Sesión Nº 1163-2003, artículo IV, inciso 4), celebrada el 22 de agos ...
Fecha publicación: 16/05/2004
Fecha emisión: 13/05/2004
Documento: 05023-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. DIVISION DE DESARROLLO INSTI.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
Año: 2004
Tesauro: Asignacion de recursos


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales Lic. Dagoberto Sibaja Morales -2- 19-04-2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 4123 22 de abril, 2004 FOE-GU-152 Licenciado Dagoberto Sibaja Morales Director General Registro Nacional Estimado señor: Asunto: Autorización para la adquisición de gabachas que usará el personal que se encuentra destacado en el Departamento de Servicios Computarizados y Microfilm del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. En atención al oficio N° DGRN-311-2004, mediante el que solicita la autorización de esta Área de Fiscalización para la adquisición de gabachas que usará el personal que se encuentra destacado en el Departamento de Servicios Computarizados y Microfilm del Registro de Personas Jurídicas, se le comunica que en vista de los argumentos expresados no existen objeciones para que se proceda de conformidad con la solicitud planteada, en el entendido de que dicho gasto se ajusta en todos sus extremos a lo indicado por esta Contraloría General en el punto 29. del Capítulo 2. de la circular N° 5126, denominada “Resumen de algunas disposiciones legales y técnicas que deben observarse en el proceso presupuestario”. Finalmente, se reitera que sin demérito de las acciones de fiscalización que esta Contraloría General realice, en última instancia es del resorte exclusivo de la Administración la asignación responsable y restringida de este tipo de gastos, dentro del ámbito delimitado por la normativa que regula esta materia. Atentamente, Lic. José Luis Alvarado Vargas Gerente de Área ACCR/ghj Ni: 7437 Ci: Auditoría Interna Registro Nacional Archivo Central (Oficios de respuesta y otros Producto: 2004005821 Gestión: 2003600483-5 ] ...
Fecha publicación: 22/04/2004
Fecha emisión: 19/04/2004
Documento: 04123-2004.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Año: 2004


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Al contestar refiérase al oficio Nº 03908 19 de abril, 2004 DI-CR-178 Licenciado Víctor Manuel Vargas Meneses Auditor Interno TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Estimado señor: Asunto: Remisión del “Informe para resolver el conflicto suscitado entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Auditoría Interna en relación con el informe nro. 305-AI-2003” Me refiero a su oficio nro. 330-AI-2003 de 2 de setiembre del 2003, en el que manifiesta la pertinencia de llevar adelante un conflicto en los términos del artículo 38 de la Ley General de Control Interno, por cuanto el Tribunal Supremo de Elecciones no aceptó la segunda recomendación de su informe nro. 305-AI-2003 de 6 de agosto del 2003. Sírvase encontrar adjunto el informe que resuelve el conflicto planteado. Atentamente, Licda. Mercedes Campos Alpízar Jefe de Unidad JCM/ech Anexo: Informe No. INF-DI-CR-07/2004 ci Expediente Archivo Central (2) Copiador NI: 16377-2003 · Dictámenes 2003007804-1 Al contestar refiérase al oficio Nº 03909 15 de abril, 2004 DI-CR-179 Señores Magistrados TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Estimados señores: Asunto: Remisión del “Informe para resolver el conflicto suscitado entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Auditoría Interna en relación con el informe nro. 305-AI-2003” Me refiero al oficio nro. 330-AI-2003 de 2 de setiembre del 2003, en el que el Auditor Interno manifiesta la pertinencia de llevar adelante un conflicto en los términos del artículo 38 de la Ley General de Control Interno, por cuanto ese Tribunal no aceptó la segunda recomendación del informe nro. 305-AI-2003 de 6 de agosto del 2003. Sírvanse encontrar adjunto el informe que resuelve el conflicto planteado, en el cual se d ...
Fecha publicación: 17/04/2004
Fecha emisión: 14/04/2004
Documento: 03908-2004.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: RESOLUCION DE CONFLICTOS SOBRE INFORMES DE AUDITORIA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Gubernamentales Licda. Ana Nidia Rojas P. -2- 12 de abril, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 3688 12 de abril, 2004 FOE-GU-136 Licenciada Ana Nidia Rojas Padilla Jefe del Proceso Financiero y Oficial Presupuestal A.I. Ministerio De Relaciones Exteriores Y Culto Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio en relación con la procedencia del pago de viáticos a una funcionaria para el desempeño de funciones en la ciudad de Ginebra, Suiza. En relación con el oficio P.F. 522-04, mediante el cual se solicita criterio en relación con la procedencia del pago de viáticos a una funcionaria designada para el desempeño de funciones en la ciudad de Ginebra, Suiza, habida cuenta de la existencia de un acto precedente que la designa para prestar funciones en ese lugar de manera estable, se indica lo siguiente. 1. La Contraloría General de la República, mediante circular N° CO-529 del 26 de mayo del 2000 , ha regulado los requisitos que se exigen para el ejercicio de su potestad de evacuar consultas en las materias dentro de su ámbito de competencia. 2. Los puntos números 3 y 4 de la referida circular establecen: “3. Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se trate, salvo que se demuestre fehacientemente que no es posible cumplir con este requisito. / 4. En caso de que la consulta sea de índole legal, el respectivo criterio jurídico deberá contener la normativa que se considera aplicable al caso, la doctrina y jurisprudencia relacionadas, así como los antecedentes administrativos en que se fundamenta.” 3. Habida ...
Fecha publicación: 15/04/2004
Fecha emisión: 12/04/2004
Documento: 03688-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Máster Álvaro Román Morales 2 26 de marzo, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 3246 26 de marzo, 2004 FOE-EC-150 Máster Álvaro Román Morales Decano COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO Apartado postal 422-7050-Cartago Estimado señor: Asunto: Respuesta a la consulta sobre el pago de una obligación del periodo anterior por concepto de “Indemnización”con cargo al presupuesto vigente del CUC. Me refiero a su oficio Nº DE-061-04 de fecha 11 de marzo del año en curso, mediante el que solicita nuestro criterio sobre la procedencia del pago de una obligación del periodo anterior con el presupuesto de este año, bajo la índole de indemnización que se justifica en la resolución de la Decanatura DE-282-2003 de las ocho horas del quince de diciembre de dos mil tres. Sobre el particular, en relación con el aspecto presupuestario, en vista de que en el presupuesto ordinario para el ejercicio económico 2004 de ese Colegio, no se consignó suma alguna por concepto de Transferencias corrientes a personas, Indemnizaciones, de acuerdo con el clasificador por objeto del gasto, no existe la asignación de recursos para tal fin aprobada por esta Contraloría General, por lo que no es posible realizar el desembolso. Sobre el fondo del asunto, el pago que pretende realizar el Colegio para cancelar los daños causados en el vehículo propiedad del señor Mario Arias Richmond, debe ser estudiado por la asesoría jurídica del Colegio. Esto con el propósito de que realice un análisis exhaustivo y emita un dictamen por escrito sobre la procedencia del cobro que se ha planteado, sobre el fundamento jurídico que sustente el pago de dicha indemnización, y de eventuales eximentes de responsabilidad de ese Colegio Universitario. Lo anterior por cuanto la simple resol ...
Fecha publicación: 28/03/2004
Fecha emisión: 25/03/2004
Documento: 03246-2004.doc
Institución: COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Lic. Gerson Cordoba Miranda 2 24 de marzo, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 3166 24 de marzo, 2004 FOE-EC-148 Licenciado Gerson Córdoba Miranda Director General SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN CULTURAL Del Parque Nacional de Diversiones 1km. al este Estimado señor: Asunto: Juicio ordinario laboral Nº 00-004202-0166-LA interpuesto por Manuel Calvo Vargas contra el Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural, S.A. Mediante oficio fechado 12 de marzo de 2004, recibido en esta Contraloría General el día 22 del mismo mes y año, el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, con fundamento en los numerales 77 y 78 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda, ordena que pasados tres meses contados a partir de la recepción del referido mandamiento judicial, no se apruebe ningún presupuesto ordinario o extraordinario del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural si no se contempla la partida necesaria para el pago de la suma de ¢4.860.195.00 por concepto de derechos laborales, en proceso ordinario laboral del señor Manuel Calvo Vargas contra el Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural. (Expediente judicial 00-004202-0166-LA). Con fundamento en lo anterior, se le comunica a ese Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural que a partir del día 22 de marzo de 2004 y hasta el 22 de junio de 2004, se extiende el plazo para que se incluya en el presupuesto vigente del SINART S.A., la suma indicada para darle contenido a esa obligación. De conformidad con la anterior disposición, esta Contraloría General no aprobará ningún presupuesto ordinario o extraordinario del SINART S.A. después de la última fecha indicada, si no se contempla la partida necesar ...
Fecha publicación: 27/03/2004
Fecha emisión: 24/03/2004
Documento: 03166-2004.doc
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Salud División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Salud Lic. Marco T. Sandoval Picado -3- 5 de marzo, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 02294 5 de marzo, 2004 FOE-SA-077 Licenciado Marco T. Sandoval Picado Jefe Unidad de Recursos Financieros Ministerio De Salud Estimado señor: Asunto: Criterio en torno al manejo recursos vía transferencia por parte de la Cruz Roja Costarricense, así como de algunas Ong`s e instituciones públicas. Esta Área de Servicios de Salud conoce la consulta formulada mediante oficio URF-456-04 de fecha 16 del mes en curso, mediante la cual solicita el criterio de este Órgano Contralor referente al manejo que debe tener la Cruz Roja Costarricense, con respecto a los recursos de orden público que reciba por vía de transferencias. Adicionalmente, requiere se le indique si un listado de instituciones que adjunta a su oficio, cumplen con los requisitos establecidos por las Circulares 14298, 14299 y 14300 –todas emitidas por la Contraloría General de la República- para ser acreedores de recibir fondos públicos a través de transferencias. Sobre el particular, se le indica que la Circular 14298 ya citada, de fecha 18 de diciembre del 2001 y modificada el 22 de octubre del 2002, regula todos los aspectos relacionados con fiscalización y control de beneficios patrimoniales, gratuitos o sin contraprestación alguna, que son otorgados a sujetos privados, como es el caso de la Cruz Roja Costarricense. Específicamente, en el punto II de la referida Circular, denominado “Requisitos para el giro de los fondos de beneficios patrimoniales incluidos como transferencias en el Presupuesto de la República”, numeral 1), inciso a), aparte ii., se establece lo siguiente: 1.Corresponde al Ministerio concedente3 exigir a los sujetos privados la presentación de los siguientes documentos, como requisitos para solicitar a la Dirección General de Presupuesto Na ...
Fecha publicación: 07/03/2004
Fecha emisión: 04/03/2004
Documento: 02294-2004.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS DE SALUD
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa área de Servicios de educación, culturales y deportivos División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Area Servicios ........... Sr. -2- 1-1-2000 Al contestar refiérase al oficio Nº 2171 3 de marzo, 2004 FOE-EC-86 Señor Luis Rafael Núñez Bohórquez Director MUSEO HISTÓRICO DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA 100 mts. este y 125 mts. norte de la Iglesia Santa Teresita, BARRIO ESCALANTE, SAN JOSE Estimado señor: Asunto: Sobre el plazo para remitir los Estados Financieros del Museo Histórico Doctor Rafael Ángel Calderón Guardia. En atención a su oficio N° DMCG-088-2004, de fecha 12 de febrero de 2004, nos permitimos comunicarle que en vista de las razones expuestas, esta Contraloría General les autoriza remitir los Estados Financieros del Museo en una fecha posterior a la establecida en la Circular N° 377 emitida el 20 de enero de 2004; sin embargo, dichos documentos deberán enviarse en el menor tiempo posible. Atentamente, Licda. Vilma Gamboa Bolaños Gerente de Área YMQ/VGB/mmh ci Sr. Rafael Arguedas Segura, Contador Expediente Archivo Central (2) Ni: 3299 Gestión: 2003602191-2 Oficios varios ] ...
Fecha publicación: 05/03/2004
Fecha emisión: 02/03/2004
Documento: 02171-2004.doc
Institución: MUSEO HISTORICO DR. RAFAEL ANGEL CALDERON GUARDIA
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 1899 25 de febrero, 2004 FOE-EC-71 Licenciada Julia de la O Murillo Directora Ejecutiva FONDO NACIONAL DE BECAS Apartado 13084-1000, San José Estimada señora: Asunto: Sobre la presupuestación de los recursos en becas para niños y niñas trabajadoras incluidos en la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el ejercicio económico de 2004”. Me refiero a su oficio DE-0180-04, de fecha 20 de febrero de 2004, mediante el cual consulta si procede confeccionar un presupuesto extraordinario para incorporar los recursos en becas para niños y niñas trabajadoras, contemplados en Ley N° 8398 , por la suma de ¢500.000.0 miles. Sobre el particular, me permito indicarle que, de conformidad con el punto 2) del “por tanto”, de la Circular N° 14919 del 25 de noviembre de 1994, para la aplicación de los recursos incluidos en la Ley N° 8398 antes citada, deberá confeccionarse un presupuesto extraordinario en el Fondo Nacional de Becas – FONABE, previo cumplimiento de la normativa legal y técnica establecida al respecto. De igual forma, deberá elaborarse un presupuesto extraordinario para el Fideicomiso N° 478 FONABE – Banco Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 7658 -en donde se establece que los recursos del FONABE serán administrados por un fideicomiso- y en el artículo 14 de la Ley N° 8131 que señala la obligación constitucional de la aprobación presupuestaria por parte de esta Contraloría General. Atentamente, Licda. Vilma Gamboa Bolaños Gerente de Área AGC/hmm Ci: Profesora Marlene Gómez Calderón, Presidenta, Junta Directiva FONABE Licda. Sonia Calderón Villalobos, Directora de Operaciones, FONABE Lic. Harry James Maynard Fernández, Auditor Interno, MEP Expediente Archivo Central (2) Ni: 3915 Gestión: 2003600404-7 Criterios en materia presupuesta ...
Fecha publicación: 27/02/2004
Fecha emisión: 24/02/2004
Documento: 01899-2004.doc
Institución: FONDO NACIONAL DE BECAS
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Año: 2004


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales Lic. Dagoberto Sibaja Morales -2- 23-02-2004 Refiérase al contestar al oficio Nº 2412 9 de marzo, 2004 FOE-GU-95 Licenciado Dagoberto Sibaja Morales Director General Registro Nacional Estimado señor: Asunto: Autorización para la adquisición de zapatos que usarán topógrafos y asistentes que laboran en la Junta Administrativa del Registro Nacional para realizar la verificación o medición, funciones y tareas contempladas en Convenio de Préstamo N° 1284/OC-CR "Programa de Regularización del Catastro y Registro", Ley N° 8154. En atención al oficio N° DGRN-0122/04, mediante el que solicita la autorización de esta Área de Fiscalización para empezar a gestionar la adquisición de zapatos que usarán topógrafos y asistentes que laboran en la Junta Administrativa del Registro Nacional en la verificación o medición, funciones y tareas contempladas en el Convenio de Préstamo N° 1284/OC-CR "Programa de Regularización del Catastro y Registro", entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, Ley N° 8154; se le comunica que en vista de las consideraciones expresadas no existen objeciones para que se proceda de conformidad con la solicitud planteada, en el entendido de que dicho gasto se ajusta en todos sus extremos a lo indicado por esta Contraloría General en el punto 29. del Capítulo 2. de la circular N° 5126, denominada “Resumen de algunas disposiciones legales y técnicas que deben observarse en el proceso presupuestario”. Finalmente, se reitera que sin demérito de las acciones de fiscalización que este Ente Contralor realice, en última instancia es del resorte exclusivo de la Administración la asignación responsable y restringida de este tipo de gastos, dentro del ámbito delimitado por la normativa que regula esta materia. Atentamente, Li ...
Fecha publicación: 26/02/2004
Fecha emisión: 23/02/2004
Documento: 02412-2004.doc
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: DICTAMENES
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS
Año: 2004